domingo, 21 de junio de 2009

NO HAY CANDIDATURA POSIBLE NO HAY POSIBILIDAD DE FUEROS - por Mirta Praino

Capital Federal (Agencia Paco Urondo)

NO HAY CANDIDATURA POSIBLE
NO HAY POSIBILIDAD DE FUEROS
SOLO HAY JUICIO Y CASTIGO
PARA LOS GENOCIDAS.

La Cámara Nacional Electoral por unanimidad revoco el fallo del Juez Blanco y declaró la inhabilidad constitucional del torturador y represor Luis Abelardo Patti para ser candidato en la próximas elecciones del 28 de junio.

SINOPSIS DEL FALLO QUE INHABILITO A PATTI


Los fundamentos de la Cámara Nacional Electoral, por el que inhabilita a Patti para ser candidato a Diputado nacional son, básicamente, dos:

a) Primer fundamento: Patti fue desaforado por la Cámara de Diputados y las condiciones que dieron origen a su desafuero todavía persisten.

La Cámara dice “en el caso, no requiere ningún esfuerzo interpretativo advertir el contrasentido que significaría suponer que la Constitución Nacional exige privar del ejercicio de su cargo de diputado al ciudadano que deba ser arrestado, pues para que esto proceda requiere el desafuero (art. 70), y que al mismo tiempo admite (art. 48) que quien ya ha sido separado de su cargo y permanece detenido –por la misma causa que motivó el apartamiento- puede, no obstante, postularse como candidato para ejercer aquellas funciones de las que está apartado”


Y luego agrega: “En este sentido, la única interpretación aceptable es que el legislador que se encuentra suspendido en sus funciones a raíz de un desafuero y permanece detenido en el proceso penal que motivó dicha medida institucional, no puede postularse como candidato para cubrir ese mismo cargo hasta tanto se resuelva su situación penal y sea liberado”

Esta es la base fundamental – valga la redundancia – del fallo. La claridad conceptual de la Cámara exime de comentario al párrafo transcripto.

b) Segundo fundamento: El calibre de los delitos imputados a Patti, esto es, graves violaciones a los Derechos Humanos y la consiguiente responsabilidad del estado argentino ante los organismos internacionales de perseguir y castigar a sus autores.

Señala la Cámara que “Esto último no puede soslayarse en el presente caso, atento a la naturaleza de los delitos por los cuales se está juzgando penalmente al señor Patti, pues -como habrá de verse- en materia de violaciones a los derechos humanos los tres poderes tienen la responsabilidad de actuar coordinadamente para cumplir con las normas internacionales que le imponen al Estado argentino evitar cualquier medida que pudiera entorpecer la investigación de esa clase de crímenes y el juzgamiento -conforme a las reglas del debido proceso- de las personas imputadas en las causas que por tal motivo se llevan adelante”

Además con cita del extinto constitucionalista Bidart Campos, la CNE dice que “la imposición de los deberes de investigación y sanción a los responsables de serias violaciones a los derechos humanos no se encuentra sujeta a excepciones” y que “el deber internacional asumido por el Estado argentino en materia de investigación y juzgamiento de violaciones a los derechos humanos –como las que se le adjudican al señor Patti- obsta a autorizar cualquier medida que pudiera derivar en una obstrucción
o renuncia a la persecución penal de ese especial tipo de delitos”.

De ello se colige que la Cámara no ha querido crear un nuevo nicho de impunidad, pues “carecería de toda lógica que mientras un tribunal del Poder Judicial insta el desafuero del legislador y la Cámara de Diputados acepta el requerimiento, otro órgano jurisdiccional ignore esos antecedentes y, persistiendo sus efectos, oficialice una candidatura dirigida a que aquél acceda a ese mismo cargo del que fue apartado por iniciativa del Poder Judicial”

Postular lo contrario, estaría permitiendo “que una persona, procesada con auto de prisión preventiva y sobre la cual pesa semiplena prueba de haber cometido delitos no excarcelables, pueda sustraerse de la acción de la Justicia , evitar la prosecución de la causa y lograr así que impere la impunidad” (cf. Sabsay, D. A.,“La controversia merece un delicado análisis”, diario La Nación , 7 de julio de 2001).-

POR LA MEMORIA DE LOS COMPAÑEROS DETENIDOS - DESAPARECIDOS Y POR LA LUCHA DE LOS COMPAÑEROS TESTIGOS DE CAUSAS DE DERECHOS HUMANOS.

• Por la Vigencia de los Derechos Humanos, Por la Lucha Contra la Impunidad
La Sangre Derramada No Será Negociada –
• ¡NI OLVIDO NI PERDON, JUSTICIA !!

-Acompañan este documento las siguientes Agrupaciones Peronistas: “Evita”,”Gral. Juan José Valle”. “Chaco Peñaloza”-Partido Socialista-Escobar- Asociaciones: “Alternativa”- Comisión por la Memoria Escobar-“CodoACodo”-“Ricardo Gabriel Jiménez”- Sind.Unico de Vendedores Flores Plantas y Afines S.Gral. Humberto Vera- Testigos DDHH: Hugo Jaime- Juan Pablo Vergara- Orlando Ubiedo - Luis Geréz Compañeros: Jimena Altamirano-Jorge Altamirano-Mirta Praino-Dr. Mariano Molina -siguen las firmas

-Mariano Gabriel Molina - Mirta PRAINO - Luis GEREZ
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mirtapraino@gmail.com /// mirta1praino@yahoo.com.ar /// http://san-fernando-mi-ciudad.blogspot.com___________________




VOLANTE REPARTIDO EN ESCOBAR el 20/6/2009
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NO HAY CANDIDATURA POSIBLE
NO HAY POSIBILIDAD DE FUEROS
SOLO HAY JUICIO Y CASTIGO
PARA LOS GENOCIDAS.

* La Cámara Nacional Electoral por unanimidad revoco el fallo del Juez Blanco y Declaró la Inhabilidad Constitucional del Torturador y Represor Luis Abelardo Patti para ser Candidato en la próximas Elecciones del 28 de junio de 2009.
* La justicia electoral dijo que los acusados con prisión preventiva por crímenes de lesa humanidad deben ser perseguidos y castigados con toda la severidad y retroactividad posible, y que por lo tanto no reúne las condiciones éticas para postularse como candidato.

* Patti fue previamente desaforado, actualmente se encuentra detenido con prisión preventiva en espera de fecha para juicio oral por Torturas, Secuestros, Homicidio, Allanamiento Ilegal y Encubrimiento.

* Por la Vigencia de los Derechos Humanos, Por la Lucha Contra la Impunidad, La Sangre Derramada No Será Negociada - ¡NI OLVIDO NI PERDON, JUSTICIA!
Foto Diario Pagina12 (19/06/09) -Acompañan este documento las siguienteLas Agrupaciones Peronistas: “Evita”,”Gral. Juan José Valle”. “Chaco Peñaloza”-Partido Socialista-Escobar- Asociaciones: “Alternativa”- Comisión por la Memoria Escobar-“CodoACodo”-“Ricardo Gabriel Jiménez”- Sind.Unico de Vendedores Flores Plantas y Afines S.Gral. Humberto Vera- Testigos DDHH: Hugo Jaime- Juan Pablo Vergara- Orlando Ubiedo - Luis Geréz Compañeros: Jimena Altamirano-Jorge Altamirano-Mirta Praino-Dr. Mariano Molina -siguen las firmas

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(Agencia Paco Urondo)

2 comentarios:

  1. Muy buen post !!! muy buena decisión, y además deberíamos hacer una revisión de lo que significan los fueros parlamentarios. No se puede querellar o perseguir a un candidato o legislador por los dichos u opiniones políticas en campaña o dentro de un debate en el recinto. Y nada más cualquier otra interpretación extensiva que se quiera hacer de este privilegio va en contra de la constitución. Dejen de establecer categorías de ciudadanos. No sean malintencionados, cobardes, de querer tener fueros para cometer delitos !!!!!!!!!!!!! Por la Justicia y la memoria.

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  2. Gracias Mery por apoyar.

    APU.

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